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Gazeta de Puerto-Rico. [volume] ([San Juan, P.R.) 1806-19??, May 03, 1836, Image 1

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J.I?i; MARTES 3 Di? MAYO DE 1836.
FUERTO-RICO 3 I)K MAYO DE 1836.
Zos papeles públicos de Madrid que, hemos recibido por el
correo de la Península, llegado ' el 30 'del puuido a e$tc pncr
to alcanzan al 19. del mimo. S. Ü. a icia Aira, tira f
su augusta Madre la Jicina Gobernadora, y la Servia. Sra.
ufanía 'Dona Maña Luisa, continuaban sin novedad en el
fkal sitio del Pardo. I'k igual beneficio disfrutaban ai la Cor
g A A. los Scrmos: Srcs. Infantes D. Francisco da Pau
i y Dona Luisa Carlota. El 22 de Marzo, como estaba anun
iado, asistió S. M. la Reina Gobernadora á la apertura de
is Cortes; y, ocupando el Trono, leyó el discurso, que infer
iremos en nuestro número inmediato con la descripción de la-dis-
:G3icion ac tas- tropas en - ta - ca rrmi -y pi euon uu jmjuíí .;i .
teral -que ocaúonó en el tránsito su Peal presencia. La ky elec
toral es la primera de que iban á ocuparse los' J&tamcntos, in
dicando S.'Al. que 'sometería á su examen- otros pantos muy
importantes, entre- ellos el de las negociaciones entabladas, o.n.
los .Estados de la America española. Con la m'jor estación
habian ya empezádose a activar las operaciones militares, y el
hcrúico ejercito del Norte conscgti ia -. ventajas señaladas sobro el
del Pretendiente La acción de la Peña de Ordiuiu, dada por
el general Espartero el 5, gloriosísima para las armas de . 31,
costó á los cucmi.i-es de ' HUO á 1,000 hombre fuá a de ra li
ba te. lux la de Unza, librada por el mhmo g'-m-.reJ, el I i . le,
perdida de los -rbutlc no bajo de 800 .cutre innatn, heridos,
prisioneros y pasudos. Eíus .victorias, rayos pa'rks oficiales ,fr.
eeremos a los lee ton s en la Gaci.ta (id Jueves, han inirod an
do un mortal di.suüen'o en las. jifas desíedes tanto mas ama
to ' (pie diariamente me. engruesan la nnexuas. con la incorpo
ración de los quintos; y todo presa fm ha muí -próximamente una
acción general o axcira :i nuaauaanic ac itai n na
va les británicas en la a costas dt.l Xm-ie (: la l'tinumUi, habui
recibido arden de sn a-dierno ara n.etur al general en ge
Je y á las tropas de su Hí:iio mano la cooperacton mas fi
caz y activa, no solo para impedir que cayesen en muran de
1). Carlos las punto j)ietíes de auucl-a co:-ta, ue sostienen el
pabellón de S. M. la 'ihinn JStra. 'Sra., sino pa'a recobrar tam
bién cualquiera de los de la misma (pie se hollín en su po
der. Dicha escuadra habla sido reforzada conúicrabkmente con
Luquis y tropas inglesas, con ia mira di ayudar y protéja
las api raciones de nuestros . ejiircitos El -ministerio de Faneia
7mcva men te ' formado se ' comj'.onz de: Mr. Taicrs, ministro de re
laciones exteriores y prend'-nte del conseja; Mr. 'uurc!, de Jai-
tieza i y ac ios .cuno: ,tr. jrjniauver, ae lo Menor; ur. i m$i,
del Comercio, y obras publicas; el barón Pckt, de Instrucción
publico; el mariscal J!dkony de la (hierra; Mr. )' ArgoiU, de
Hacienda; y Jír. Dupcrrc de Marina.
ARTICULO DE OFICIO.
Circular, del Ministerio de la Guerra,
Cuando el Gobierno -de S. M. la Keina nuestra Señora
concibió el pensamiento de hacer un grande esfuerzo para des
truir en poco tiempo la facción rebelde, y á cuyo fui se decre
tó el actual, sorteo de 100,000 hombres, tuvo presenta y con
tó con que para secundar los servicios del ejército nada seria
tan útil ni tan conveniente, como el .completo armamento do
la Guardia nacional que permanece aun sin fusiles por no ha
berlos en los Realeo almacene-?, v ( tal concepto solicito del
Gobierno británico un número considerable de ellos, y tal que
fuese suficiente no solo para armar lo? quintos que iban á te
ner entrada en el ejercito, sino para atento cumplidamente a
repartir á la referida Guardia nacional los que necesitase. En
este estado ha resuelto S. M. la Keina Gobernadora diga íi
V. K., como lo ejecuto de su Real urden, que a fin de que la
distribución de las armas que van á recibirse se ha:; a entre
las provincias del reino con el debido conocimiento de las ne
cesidades de cada una, forme V. E. y dirija á este ministerio
de la Guerra de mi cargo una noticia detallada de la fuerza
de que consta la Guardia nacional de esa provincia, con ex
presión de la movilizada, de la armada y de la desarmada, asi
de la de infantería como de la.de caballería, y que para que es
te trabajo venga con toda la exactitud y escrupulosidad que
.se desea, .so auxilie.V...E. para formarlo de los conocimientos
que en la materia tengan las diputaciones provinciales, cuyo
patriotismo se prestará con gusto á este interesante servicio; y
que se verifique lo mandado teniendo presente lo prevenido en
ri. Jíirat decreto de 5 del mes actual relativo k estos cuerpos,
bue principalmente lleva en sí el espíritu de su aumento y me
joras de organización. No necesitándose excitar el acreditado
celo do V. K. para el pronto cumplimiento de esta orden, pues
to que la importancia de armar la beuemürita Milicia nacional
es asunto tan recomendable por sí misma para los vcrdadcro:i
patriotas, que 8. M. no duda que la actividad de V. 15. nada
tiepua que deear en t,te ptmio. í)os guarde Cve. Madrid 11
t!e l'ebrero de 1830. Almmiovar.Sr. capiun general de.,
i-xeofifio.N 5, m. í.a UTAW (ior.r.uNAi o;u.
SKNOHA:
La confianza depositada en el GHbierno df Vr. M. por la
ley de 10 de huno ultimo, y el etica r, o en eila contenido do
mejorar la suerte de todos lw acret-cíores del litado, exigen
que vo llamelaalencion.de V. M. hacia una de las medidas
indispensables para el logro de tan importante íin.
Kl crédito no tiene mas base ni mas alimento que el cum
plimiento religioso délas obligaciones cu que se funda; pero
mal podrá llenarse y satísfacetse, si no &c conocen por entero
Hii valor y su naturaleza.
Kn la memoria presentada Tt las Cortes en o0 de Diciem
bre de tbol se hizo ascender la deuda nacional á 0,581.590,200
rs. y 21 nrs , demostrándose que la ya reconocida en sus tres
ciases de consolidada, corriente y sin interés subia á 1,750.580,313
rs. y 21 mrs; y calculándose quu la paite sin. liquidar llegaba á
l,S23.ol5,SG rs. y 31 mrs,, de los cuales correspondían á la espe
cie con interés los 13S.3'07,o03 rs. y 20 mrs., y los 1,690.003,493
is, y 5 mrs. á la que no se le considera.
Verdad es que lejos de presentarse este total como positi
vo ó no sujeto á variaciones, ni se determinaron las especies
que formaban las dos distintas categorías, ni se comprendieron
algunas clases de créditos de no poca consideración, y sobre to
do, se omitieron los pertenecientes á la época de 1820 á 23,
Ademas la denominación genérica de deuda por liquidar, y aun
la indicación de que convendría ocuparse mas adelante de los suel
dos no satisfechos por el corte de cuentas de 1828, eran circuns
tancias que cuando no indujeran á la desconíianu, aconsejaban
por lo menos una prudente circunspección.
La rapidez con que se formó este calculo; las dificultades
para la reunión de datos, y el deseo de calmar la agitación de
los espíritus en materia tan grave, todo hace dUi mu labio cual
quiera omisión tanto menos fácil de evitar, cuanto mayores tía-

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