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4 Año 1886. GACETA Dtf PUERTO - RICO. Número 99 El Excmo. é Iltmo. Sr. Intendente general de Ha- -cienda por acuerdo fecha 20 del corriente, ha tenido á , bien disponer se anuncie en pública subasta eu esta Ca pital y en Patillas, la venta de uua finca rústica com puesta de seis cuerdas de terrno, sitos en el barrio de la Muía de aquella jursdiccion, colindante desde una pie dra soterrada fijada en linde del terreno sobrante de Don Maurico Figueroa y angular de las tierras que también sehacen segregar de dicha propiedad para los partícipes judiciales de este punto rumbo 39 O ; su medición 5 cuerdas á un estac ón y piedra punto de dicho Figueroa y menores de Don Lino Aivarez ó sean terrenos nom brados de Cobian; de aquí rumbo S 75 E, una cuerda á otro estacón y piedra punto dividente de Doña Inés Baerga de Vergney terrenos de Cobian; de aquí en linde del primero rumbo S 27 30' E., dos cuerdas 00 varas á un estacón de moca y piedra punto de la sitada Doña Inés y terrenos de los partícipes judiciales y finalmente en este último linde rumbo S 28 O, 2 cuerdas 53 varas al punto de donde empezó, procedentes de Don Mauri cio Figueroa por lesiones á Don Alejo Dulfau, adjudica das en pago de costas por el Juzgado de 1? Instancia de Guayama. La expresada subasta de venta se efec tuará el dia 27 de Agosto próximo venidero á las dos de su tarde, bajo el siguiente PLIEGO DE CONDICIONES 1? Se fija como tipo del remate la suma de 100 pesos moneda oficial, y no se admitirán proposiciones que no cubran dicho tipo. 2? Las proposiciones se harán en pliegos cerrados y con sujeción al modelo que á continuación se inserta rá ; debiendo presentarse al Sr. Presidente de la Junta de esta Capital ó de la de Patillas hasta un cuarto de hora después de la prefijada para el acto. A cada pro posicicion se acompañará carta de pago que acredite haber consignado en la Tesorería general ó Depositaría de Patillas, según sea el punto en que se presente la cantidad de 5 pesos ó sea el 5 por 100 del valor de ta sación. 3? Pasado el término señalado para la presenta ción de los pliegos se procederá á la apertura de los presentados. 4? Si de la comparación de las proposiciones re sultaren dos ó mas iguales ó beneficiosas se abrirá una puja oral entre sus autores que durará á lo mas quince minutos y transcurridos terminará el acto cuando o disponga el Sr. Presidente. 5? El pago del remate se hará al contado ó á pla zos sin que estos puedan exceder de diez satisfechos en nueve años y en esta forma : el primero dentro de los ocho dias siguientes al en que se notifique al adjudica tario la aprobación del remate y los nueve restantes eu igual fecha de los ahos sucesivos. En el primer caso, estoes, si la oferta fuese de contado, el ingreso del total ofrecido tendrá también lugar dentro de los ocho dias siguientes al en que se notifique la aprobación del re mate y se admitirá un 50 por 100 en billetes del Tesoro de esta Isla amortizados y cupones vencidos. En el segundo caso ó sea cuando el remate se verifique á plazos los pagos se harán precisamente en metálico otorgando el comprador pagarés por cada uno de los plazos áutes que se le otorgúela escritura de propiedad. 0? En caso de faltar el rematante al cumplimien to de lo que dispone la anterior condición quedará de hecho rescindido el contrato y á beneficio del Tesoro la cantidad consignada para optar á la subasta. 7? El comprador podrá anticipar el pago de uno ó mas plazos en cuyo caso tendrá un beneficio del 6 por 100 sobre el importe de cada uno. 8? Será de cuenta del comprador é independiente del precio en que se adjudique la finca, el pago al con tado de los derechos devengados con motivo de la tasa ción de la misma así como los de inscripción en el Re gistro de la propiedad á favor del Estado, el otorga miento de la escritura de venta, la toma de posesión y los Derechos Reales. 9? La finca vendida quedará afecta al pago del precio en que fué rematada así como las mejoras que en ella se introduzcan y el comprador en el deber de solicitar permiso de la Administración para traspasar su dominio hasta que se haya efectuado el completo pago de su impoate. 10? Terminado el acto de subasta se devolverán á los que hayan tomado parte en ella y no hayan obteni do la buena pió, las cartas de pagos creditivas del de pósito verificado á fin de que les sea entregada la can tidad cousiguada. Al que la haya obtenido no le será devuelta hasta tanto que se acredite haber satisfecho el importe total si el remate ha sido al contado, el primer plazo si se hubiere estipulado en esta forma, y eu uno y otro caso los gastos de que trata la condiciou 8? Puerto -Rico, 27 de Julio de 1880. P. S, José Méndez de Arcaya. MODELO DE PROPOSICION. " Don N... vecino de.., según la adjura cé dula de vecindad, enterado de las condiciones estipula das para la venta eu subasta pública de una estancia en Patillas procedente de Dou Mauricio Figueroa y conforme con ellas ofrece la cantidad de. (en número y letra ) pagadera en la forma siguieute : v (0211) Fecha y firma del licitador. 33 El Excmo. Sr. Intendente general de Hacienda ha tenido á bien disponer se anuueie en pública subasta eu esta Capital y en la Alcaldía de Guayanilla, la venta de una finca rústica constante de 200 cuerda de terreno ubicadas en el barrio del Pasto de aquella jurisdicción, bajo los puntos y linderos siguientes : desdo la boca de la quebrada de Guilarte eu el rio del mismo nombro punto divisorio con Don Manuel Guiudulaiu líuea recta, rum bo S 29 5 O; lindando co el misino y terrenos baldíos con 16S0 varas á un árbol de leche prieta marcado con una cruz, y es punto con Marcelo Orengo; de aquí por la cresta si moca de la cuchilla de Guilarte rumbo S O con (58;Vy media varas á uu estacón de emajaínia, de este lindando con terrenos baldíos, rumbo N 27 E con 2185 varas á un corlo del rio de Guilarte eu el cual hay un estacón de emajagua ; y de aquí aguas arriba y por su márgeu con 703 y media varas á la embocadura de la quebrada de donde se principió ; la cual se adjudicó á la Hacienda eu el expedieute de defalco de Don Santia go Negroni procedente de -Don Pascual Negroni. La es presada subasta de venta se efectuará el día 27 de Agos to próximo venidero á las dos de la tarde bajo el si guiente PLlEGQ DE CONDICIONES .-- s - ', 1? Se fija como tipo del remate la suma do 8117 pe sos 22 centavos moneda oficial valor de las dos terceras partes del tipo de retasa y no se adinitiráu propsiciones que no cubran dicho tipo. 2? Las proposiciones se harán en pliegos cerrados y con extricta sujeción al modelo que á continuación se insertará, debiendo presentarse al Sr. Presidente de la Junta de esta Capital ó de la de Guayaciila hasta un cuarto de hora después de la prefijada para el acto. A cada proposición se acompñará carta de pago que acredite haber consignado en la Tesorería genera ó Depositaría de Guayanilla seguu el pauto eu que so presente la cantidad de 405 pesos 86 centavos ó sea el 5 por 100 del valor de tasación. 3? Pasado el término señalado para la presenta ción de los pliegos se procederá á la apertura de ios pre sentados. 4? Si do la comparación de las proposiciones resul taren dos ó m ár iguales ó beneficiosas se abrirá una puja oral entre sus autores que durara á lo mas quince minutos y transcurridos terminará el acto cuando lo dis ponga el Sr. Presidente. 5? El pago del remate se hará al contado ó á plazos sin que estos puedan exceder de diez satifechos en nueve años y eu esta forma : el primero dentro de los ocho dias siguientes ai en que se notifique al adju dicatario la aprobación del remate y los nueve restan tes en igual fecha de los años sucesivos. En el primer caso, esto es, si la oferta fuese de coutado, el ingreso del total ofrecido tendrá también, lugar dentro de los ocho dias siguientes al de la notificación de la aproba ción del remate y se admitirá un 50 por 100 en billetes del Tesoro de esta Isla amortizados y cupones venci dos. En el segundo caso ó sea cuando el remato se verifique á plazos los pagos se harán precisamente en metálico otorgando el comprador pagaiés por cada uno de los plazos áutes que se le otorgue la escritura de propiedad. 6? En caso de faltar el remataante al cumplimien to de lo que dispone la anterior condición quedará de hecho rescindido el contrato y á beneficio del Tesoro la cantidad consignada para optar á la subasta. 7? til comprador podrá anticipar el pago de uno ó mas plazos en cuyo caso tendrá un beneficio del 6 por 100 sobre el importe de cada uno. 8? Será de cuenta del comprador é independiente del precio en que se adjudique la tíuca el pago al con tado de ios derechos devengados con motivo de la tasa ción de la finca, así como los de inscripción eu el Regis tro de la propiedad á favor del Estado, la toma de po sesión y Jos derechos lieales. 9? La finca vendida quedará afecta al pago del precio por que fué rematada, así como las mejoras que eu ella se introduzcan y el comprador en el deber de solicitar permiso de )a Administración para traspasar su dominio hasta que se haya efectuado el completo pago de su importe. 10? Termiuado el acto de subasta se devo verán á los que hayan obtenido la buena pró las cartas de pago creditivas del depósito verificado á fin de que les sea devuelta la cautidad consiguada para optar á.la subas ta. Al que la haya obtenido no le será devuelto hasta tanto que se acredité haber satisfecho el importe total si el remate ha sido al coutado, el primer plazo si se hubiere estipulado en esta forma ; y en uno y otro caso los gastos de que trata la condiciou 8? Puerto -liico, 28 de Julio de 1886. P. S., José Méndez de Arcaya. MOOELO DE PROPOSICION. " Don N.. N.., vecino de.-, según la adjunta cé dula de veciudad enterado de las condiciones estipula das para la venta de una tinca de doscieutas cuerdas, sita en Uuayanilla procedeute de Don Pascual Negroni, y conforme con ellas ofrece la cantidad de. . ( en nu mere y letra ) pagadera eu la loma siguieute : " 0209 (Fecha yjlrma del Hcitador.) 33 El Excmo. Sr. Intendente general de conformidad con lo piopuvtito por este Centro, ha tenido á bien acor dan con esta fecha el arriendo por dos años que empeza rán á coutarse desde el dia de la adjudicación al mejor postor, del solar numero 2 del barrio de la Marina, tiuca numero 101 del Iuventario, conliudante ál Norte cou el número 1? que usufructúa Dou Vicente Suarez, al Sud con el número 3 que también tieue en .irrenda mieato Dou Anselmo Amador, al Este la eallo del Presidio y al Oeste la zona de vigilancia marítima con uua superficie de 203 metros 32 centímetros cuadrados según el plauo formado por la Comandancia le Inge nieros militares- y Jefatura de Obras públicas de esta provincia el 20 de Setiembre de 1881, valorado á S pe sos el metro cuadrado que hace uu total de 027 metros 07 centavos ; señalándose para el acto que tendrá lugar eu el Palacio de la Iutendeucia ante la Junta da Almo neda de Hacienda que presidirá en su despachó' el mismo Excmo. ó Iltmo Sr. intendente, el dia 2o del actual á las dos de la tarde con sujeción al siguieute 1 PLIEGO DE CONDICIONES. 1? Se fija como tipo anual del arrendamiento 31 pesos 40 ceutavos y no sv. admitirá postura que no cu bra la mencionada cantidad. 2? El pago de la suma por que se arriende el solar se verificará por trimestres anticipados. 3? Para garantir el pago del arrendamiento pre sentará el arrendatario uu fiador á satisfaeciou de la Junta, en el acto de la subasta, que responda de la obligación que contrae, cuya circunstancia se h.irá cons tar eu el acta de rematr, tirmaudo su compromiso el fiador. 4 El arrendatario quedará sujeto á las servidum bres militares y no podrá en su consecuencia hacer construcciones de ninguna clave siu el permiso próvio de la Capitanía General de esta Isla ó intervención de los Sres. Ingenieros militares y civiles. o'i Si la Administración llevase á efecto la venta del solar arrendado por convenir á sus intereses, lo hará con la condición de respetar el arriendo por el tiempo estipulado. 6? Al tomar posesión el arrendatario del solar se levantará acta eu la que se hará constar los límites que comprende, á cuya operación asistirá uu Iugeuiero ó Arquitecto del Estado. 7? El arrendatario no tendrá derecho á pedir in demnización alguna por las mejoras que introduzca en el solar. 8? Terminado el tiempo del arriendo sin haberse dispuesto la veuta, se considerará subsistente por otros dos años y así sucesivamente á no ser que el arrendata rio hubiese participado por escrito á la Administración uu mes áutes del vencimiento que no le convenía con tinuarlo. Puerto-Rico, Agosto 10 de 1886. El Administra dor Central, P. S., José Méndez de Arcaya. (0301) 3 2 c 3 O 2 I ' C 3 S' o te - 9 ce a 00 -j 'l 1 M . 3 -i -n ; Og o' i O tr 'a c o o t? te te m i O t3 es te í s H O 30 O i 3 O o 525 O a CP O W Q 25 H a O O P x: o so o o j3 o w o 3 i & Q o O DO - Q O co Tt- - o Pu CD IJ3 O P w g- tí 3