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6 Año 1880 GACETA DE PUERTO - RICO. Nümero 110 cuyos terrenos descritos se encuentran depositados en el mismo Camacho, cuyo acto tendrá lugar en este Juzgado de 1? Instancia el dia ocho del entrante mes de Octubre y hora de la urja de la tarde ; haciendo constar que no se admitirán pasturas que no cubran las dos terceras partes de la tasación, previa consigna ción en este Juzgado ó en Arcas reales del diez por ciento de la tasación, y de que los títulos de propiedad constan en los autos y estarán de manifiesto en la Es cribanía del actuario, calle de la Cruz número 29, sin que los licitadores puedan después exigir otros. Dado en Puerto-Rico á siete de Setiembre de mil ochocientos ochenta y nueve. Nicolás Lillo Roda. Ante mí, Maximino Aybar. 3 1 Don Francisco Lanuza y Morrondo, Juez de Instrucción de la Villa de Humacao y su partido. Por el presente edicto hago saber: que en los eje cutivos seguidos por Don Cristóbal Vallecillo y Morales contra Don Vicente Cintrou Collazo sobre cobro do pesos, he dispuesto en providencia de este dia, se sa quen á pública subasta por térmido de veinte, catorce cuerdas de terreno llano, situadas en el barrio de Juan Martin, término municipal de Yabucoa, colindautes por el Este con otros del deudor, Norte los do Don José Ramón Aguayo y Don Ulises Valentín de la Fuente, Sur los de Felipa Santiago y la quebrada del Ciego, y por el Oeste otros del Sr. Aguayo, que han sido tasados á razón de treinta y dos pesos cuerda. Y habiéndose señalado para el acto del remate el día veinte y siete del corriente mes, á la una de la tarde en la Sala au diencia de este Juzgado, so hace público por el presen te, advirtióndose á ios licitadores que han de conformar se con los títulos de propiedad de dicho terreno que pueden examinar en el oücio del actuario y que para tomar parte en ia subasta, han de consignar previamen te en la mesa del Juzgado el diez por ciento del valor de los bienes, sin cuyo requisito no serán admitidos, y no se admitirán proposiciones que no cubran las dos terceras partes de la tasación. Dado en Hnmacao á dos de Setiembre de mil ocho cientos ochenta y nueve. Francisco Lanuza. El Escribano, José Raneta Ortiz. 31 Ponce á diez de Agosto dq mil ochocientos ochenta y nueve. Cárlos F. Chordón. SOG) Por este mi primer edicto se convoca á las perso nas ignoradas á quienes pueda perjudicar la inscrip ción solicitada por el Ledo. Don José María Nevé y Gutiérrez, del dominio de cincuenta cuerdas de terreno ó sean diez y nueve hectáreas, sesenta y ciuco áreas y veinte centiáreas, que .hubo en pública subasta en loa autos testamentarios de Don José Francisco Díaz, las cuales radican en el barrio de Celada, término mu nicipal de Gurabo, colindantes por el Norte con torre- íjuo uü iu Buucamu uo uuu jóse francisco unxz v ae Don Marcelino Colón, por el Sur con el rio Gurabo, ... por ei roniente con terrenos de Don Jaime Saia y el propio rio y por el Saliente con el mismo Sala, para que dentro üel termino de ciento ochenta dias impro rrogables, comparezcan á establecer las reclamaciones y proponer las pruebas que les conviniere, c.táudose en igual forma á los que tengan algún derecho real sobre la finca descrita, parándoles en caso contrario el perjuicio que naya lugar. Dado en Humacao á veinte y ocho de Agosto de mu ochocientos ocüeuta y nueve. Francisco Lanuza. El Escribano, Francisco liamos. 31 i Don L. Enrique de Acuña, Secretario y Escribano del j tuquao ae instrucción ae ronce y su partido. Certifico : que en la causa criminal seguida contra José Cruz Molinero y otros por inceudio, asesinato y lesionen, se na cuécano ei anco siguiente : u Auto Juez Sr. Saavedra Resultando que en la madrugada del tres del mes de Junio de mil ochocien tos ochenta y siete se declaró un incendio en la casa de Don Miguel Codo ; Resultando lesionada la esposa de éste Doña Monserrate Acosta y como consecuencia de las quemaduras que sufriera Codo le produjo la muerte, tasándose ios daños ocasionados por el incendio en veinte mil ciento seteuta y cinco pesetas, siendo repu tados como autores de dichos delitos Joó Cruz Moline ro (a) Chino, B!as Cedeño Torres, Manuel Pérez Lucía, ausentes Ramón Irizarry (a) Lotería, difunto ; y Jesús Pérez Oc.iña, Juan Font Rivera, Matías Rodríguez y J(só Mir Miranda (a) Noy, presentes: Considerando que practicadas las diligencias necesarias en averigua ción del hecho y no desprendiéndose de las mismas otras que practicar debe darse por terminado este su marió. Eí Sr. Don Enrique Saavedra Parejo, Juez de Instrucción de esta Ciudad y su partido, por ante mí el Secretario dijo que de conformidad con el artículo 022 daba por terminado este sumario. Remítase á la Audiencia de lo criminal previa citación y emplaza miento de las partes para que dentro del término de diez dias acudan ante la Audiencia de lo crimina!. Así lo proveyó, mandó y firma dicho Sr. Juez en Ponce á diez y ocho de Julio de mil ochocientos ochenta y nueve- Ledo. Eurique Saavedra. L. Enrique Acuña." Y para el emplazamiento del procesado Juan Font Rivera, libro ia preseute cédula en Ponce á nueve de Agosto de mil ochocientos ochenta y nueve. L. Enrique de Acuña. SOI Cédula de emplazamiento. El Sr. Don Miguel Rubert y Catalá, Juez de 1? Instancia accidental de este partido, por providencia de este día dictada en el juicio declarativo de mayor cuan tía seguido por el Procurador Don Joaquín de Torres, como apoderado de Don Edmundo Pavenstedt, contra Don Beuito Molina, la Sociedad mercantil Juan Basso ra y Compañía ó sus legítimos liquidadores ó represen tantes, el expósito Johó Trinidad, los hijos de Narcisa Letameudi, nombrados, Josefa Eduvigis, Jesús María, Heraelio Trinidad, Augeia, José Bernardo y Antonia Adela, Doña Trinidad Santos de Federico, Don Oárlos G. Iléisse, Don Augusto Castendik, la Sociedad Amell Julia y Compañía y Don Leo Lenóu, sobre caucelacióu de unas hipotecas que pesan sobre la hacienda Caños, ha dispuesto se emplace nuevamente á los referidos demandados para que, dentro de cinco dias improroga bles, comparezcau ante este Juzgado personándose en forma, en ia prevención de que, transcurrido este se gundo tórmiuo, á instancia del actor Don Edmundo Pavenstedt su les declarará en rebeldía y se dará por contestada la demanda. Arecibo, nueve de Setiembre de mil ochocientos ochenta y nueve. El Escribano interino, Miguel Bal seiro Aldao. 3 1 Don Leonardo A. Ponce de León, Escribano del Juzaado de Instrucción de la Ciudad de Ponce y su partido. Juzgado municipal de Ceiba. Por virtud de providencia dictada por el Sr. Juez municipal suplente que conoce de estos autos, en cum- Oficina y como hasta la fecha no se ha presentado per sona alguna á reclamarlas, se avisa al público para el qne se crea con derecho á ellas, concurra á recogerlas prévia justificación. Así mismo existen depositadas dos sillas de caoba y regida cuyo duefio se ignora las que á su vez serán entregadas al que justifique su propiedad, señalando al efecto el plazo de treinta dias, trascurridos los cuales, serán remitidos aquellos á un Asilo de Be neficencia. Puerto-Rico, 6 de Setiembre de 1889. El Al calde, Juan José Potous. 3 1 Alcaidía ülaniclpal de Haucabo. En el expediente do apremio que sigue esta Al caldía, contra la sucesión de Don José Guzman, sien do su representante Doña Marta Montes de Guzman para hacer efectivas las contribuciones que adeudan á este Municipio, correspondientes á ios tres últimos tri mestres de 1888 á 89, ascendentes á cuatro pesos 52 centavos moneda corriente y costas, se le han embarga do una hectárea, 57 áreas 21 centiáreas, terreno do 3? clase, radicados en el barrio de Palo-seco de esta ju risdicción, lindan al Este con los de Víctor García, Oeste sucesión de Don Genaro Montes, Norte Víctor Salinas, Sur con terrenos de la referida sucesión Guz man, fueron tasados pericialmente en 30 pesos mone da comercial; se rematarán en pública subasta, el dia 23 de Setiembre próximo, hora dos de la tarde en las puertas de esta Alcaldía, se admitirá proposición que cubra las dos terceras partes del valor de la tasa ción, y es de cuenta del rematista los honorarios de la escritura y demás gastos, Y se hace público para la concurrencia de licita dores Maunabo, 24 de Agosto de 1889. El Alcalde interino, Ramón Rodríguez. 3 1 En el expediente de apremio nue siirue esta Al caldía contra la sucesión de Juan Evangelista Rivera siendo su representante Justo Pérez, para hacer efec tivas las contribuciones que adeudan á este Municipio, correspondientes á los cuatro trimestres del ejercicio próximo pasado, se le han embargado 20 cuerdas te rreno de 3? clase ó sean siete hectáreas, 86 áreas, sie te centiáreas dedicadas á monte y maleza, radicadas en el barrio Talante, de esta jurisdicción, lindan al Este con los de Juan Fortauez, Oeste Cayetano Lebrón, Norte Juan Ramón Rivera, Sur Dámaso Oorrea, fue ron tasados pericialmente en 20 pesos moneda corrien te, el acto de remate tendrá lugar en las puertas do esta Alcaldía el dia 26 del mes do Setiembre próximo, hora dos de su tarde, se admitirá proposición que cubra las dos terceras partes del importe de la tasación, y es de cuenta del rematista los honorarios de la escritura y demás gastos. Y se hace público para la concurrencia de licita dores. Maunabo, 26 de Agosto do 1889. El Alcalde interino, Ramón Rodríguez, 31 Alcaldía Municipal do Ceiba. No habiendo tenido efecto el remate de las 35 plimieuto del fallo recaido en el juicio verbal que le cuerdas de terreno vecr Hr ri Pnmvnt . M W. siguió Don Severiano Fuentefría contra Oruz Rivera, táreas, 75 áreas y tres centiáreas, embargadas á íli- tauiu,cu TCU,,U cu uuuiu uc o peaus v uuatas uu-ma- iario L,ópez Vjrimcriez, como representante de sus me das y que se arigmen, se sacan en pública subata y ñores hijos, para hacer efectivas las contribuciones que por el término de veinte días desde su fijación, 78 adeuda al Municipio, ñor auto Hr R.sfa fV-r-ha h di- En la'eausa criminal seguida sobro lesiones á Gena ro .López, el br. Juez en providencia de este dia ha dis puesto se cite a. los testigos Juan Josó Castillo y Este ban lorres, a nn de que comparezcan en este Juzgado á rendir declaración en dicho iirocudimitíiiro. narámlíiiMs . . . . : 1 t i nn i - . i . s - ' ' w caso contrario el perjuicio consiguiente. dItd8 QKJ oeuuareas ue terreno, exisueuoo en cuas seis puesto nna segunda subasta de conformidad con lo Fouce, Agosto qumee de mil ochocientos ochenta palmas de cocos de cosecho y dos sin él, con varios dispuesto en la base 8? del artículo 8? de la Instruc- y nueve. .ueonaruo a. ronce ae jueon. susj aromes irutaies y una casita coonada de paja, su cerca ción vidente. I 1 1.1 -v.-v l rl ue yagua, vaiurauo ioao en uu ueseias moneaa on- h rmut fonHr. .i.. A r. .ii Fi i ... .1"- ' I i-uuvn ct iuUI Cl tile) J HUI IlIUAllIllJ .T,r Vr-VT 7: :;; : . . . uiai, üu)u icueuu existe en ei oarrio uei oacu, ue esie uctuore á la una en ounto de su tarde, rii r Sa ón Hr l JJllllUlIUlll lllllilllllil. IllH IMUV MK! I' )L I1H I !l 11 I IU' r U 1 - I I I 1 -I t 1 1 I .. .. 8t. Juez de lustrucc.ón 8 ni, citar aTteD f 7 f 6 T T , g 1 7 .. , ""te la ComUión respectiva; siendo Sandalio Rivera, para quo en el término Uo uutvedias Rivera, dependo tener lugar el remate el d.a 13 propoS,c.ón admWWe la que cubra la suma de JG2 comnarezca uu este .Jiixm,l. í rn,iir ,l0,.inr,.!,' ... el entrante mes de betiembre en la Sala de audiencia pesos 25 centavos moneda corriente. dicho procedimianto, parándole caso contrario el perjui de est.e Juzgado á la una de su tarde, en la cual no e Lo que se hace público para general conocimiento CIO consiguiente. aumiura propusicion que no uuoru ias uua torceras par- y concurrencia de licitadores. ronce, Agosto quince de mil ochocientos ochenta tes de su tasación. Ceiba. Setiamhre ñ H 1H VA AlnlJ Pl,,,- ; y nueve. ueonaruo . x-once ue ijeon. ibüO Lo que se hace notorio para la concurrencia de dio Alonso. 1 licitadores. Ceiba, 22 de Agosto de 1889. V? 13? El Juez, 'T : YZ hZrZrWir Uel JU:9m Cárlos Bemtez y SantoPor su mandado.-Quintin Velez. José 1. i1 raneo y Valdé?. 794J 33 Certifico y doy fó: que en la causa criminal seírui- 1 . 1 1 ..!.! ' . ' x r . . ua suuro uutiu uu p.umuus a uon Juan Alonso, el Sr. Juez do 1? lustancia é Instrucción de esta Oiu Jad v su partido, Ledo. Don Enrique Saavedra y Parejo, por providencia ue este uia mauda citar por un edicto que so inserte en la Gaceta oficial á Abad González y Josó González fu) Chepo, para que en el término de cinco dias comparezca á declarar en la causa criminal do queso trata, en la Sala audiencia del Juzgado jaita en la callo de la Concordia número C. AYUNTAMIENTOS. Excrao. Ayuntamiento Ie la Capital AVISO. La Policía ha recoiido en la calle de San Sebas Y para su inserción en la Gaceta oficial de la tian un lío que coutiene varias nrendas de roña hlanrn AnA-Ac J ; r ;í i Un Ir. nn I i - r - . 7 r auuICa wauiuu, - jiiviiif-iji- i i i t iir'..riii lili a n v-k 1 1 mm m - w a i vvrM. i cu uuu4ciu ua xo que se encuentran aepositaaas en esta Alcaldía Hunlcival de Veffa - baja. En poder de mi vecino Eladio Otero, se encuentra depositado un caballo aparecido en esta jurisdicción, cu yas señales son las que siguen:, color cebruno oscuro. como üe oclio á diez anos de edad, alzada G4 y 4 de dos, cola corta, crir y copete regulares, cuatro cabos negros, un lucero en la frente, una mancha blanca en ia pata trasera derecha, varias cicatrices de mataduras. fue herrado de las cuatro patas, tiene rajado el lado iz quierdo de la boca, paso sobretrote, castrado. Lo que se anuncia para general conocimiento. Vega-baja, Agosto 23 de 186U El Alcalde, 32