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6 Año 1890 GACETA DE PUERTO - RICO. término de nueve dias que por tercera y última vez se le señala comparezca en este Juzgado ó en la Cárcel de esta Villa á. extinguir la condena iinpuéstale en la criminal que se le siguió por estafa ; apercibido en otro caso con el perjuicio á que hubiere lugar. Dado en Arecibo á 19 de Mayo de 1890. Fran cisco González Santos. El Escribano, Miguel BaUeiro Aldao. 453J Don Diego Espinosa de los Monteros, Juez de Ins trucción de Aguadillo, y su partido. A les Jueces de Instrucción de la Isla y Autorida des y Agentes de Policía judicial del partido, hago saber : que pudiendo encontrarse en esto territorio Silvio Altis, de color negro y con un mordisco eu la mejilla derecha, y Manuel López, de estatura baja, color trigueño, barba negra y poca, le falta un diente en la mandíbula inferior, visto camisa mallorquína, pantalón dril casimir, sombrero paja Italia y descalzo y procesado por robo en la casa - habitación de Julia Bocanegra, he dispuesto expedir la presente para la busca, captura, prisión y remisión á la Cárcel de esta Villa en el concepto de presos de dichos procesados, ías como que se les cite por medio de la Gaceta ofi cial y un periódico de la localidad y se fijen los edictos que determina el artículo 512 do la Ley de Enjuicia miento criminal para que en el término de treinta dias que al efecto se les señalan comparezcan ante este Juzgado, sito en la calle del Progreso ; bajo apercibi miento de que si así no lo hacen serán declarados rebeldes y les pararán los perjuicios consiguientes. Dado en Aguadilla á 11 de Abril de 1890. Diego Espinosa de los Monteros. El Secretario, José L. Padilla. 476 A los Jueces de Instrucción de la Isla y demás Autoridades y Agentes de Policía judicial del partido, hago saber: que pudiendo encontrarse en este terri torio los individuos Silvio Alers, de color negro y Manuel López, de estatura baja, grueso, de color tri gueño, barba negra y poca, le falta un diente de la mandíbula inferior, viste camisa mallorquína, pantalón de dril casimir, sombrero paja de Italia y descalzo y procesados en el sumario que se instruye en este Juzgado sobre robo en cuadrilla y lesiones leve , he dispuesto expedir la presente para la solieitu;!, captura y remisión á la Cárcel de esta Villa en el concepto de I presos de dichos procesados, así como que se les cite por medio de la Gaceta oficial y un periódico de la localidad y se fijen los edictos que determina el artículo 512 de la Ley de Enjuiciamiento criminal para que en el término de treinta dias que al efecto se señalan comparezcan ante este Juzgado, sito en la calle del Progreso ; bajo apercibimiento de que si así no lo hacen serán declarados rebeldes, parándoles los perjui cios consiguientes. Dado en Aguadilla á 11 de Abril de 1890. Diego Espinosa de los Monteros. El Secretario, José L. Padilla. 477 A los Jueces de Instrucción de la Isla y demás Autoridades y Agentes de Policía judicial del partido, hago saber : que pudiendo encontrarse en este territorio los individuos Silvio Alers, de color negro, con un mordisco en la mejilla derecha y Manuel López, de estatura baja, grueso, de color trigueño, barbajiegra y poca, le falta un diente en la mandíbula inferior, viste camisa mallorquína, pantalón de dril casimir, sombrero paja de Italia, descalzo y procesados en el sumario que se instruye sobre incendio eu la hacienda Concepción, he dispuesto expedir la presente para la solicitu'l, cap tura y remisión á la Cárcel de esta Villa en el concepto de presos de dichos procesados, así como que s les cite por medio de la Gaceta oficial y un periódico de la localidad y se fijen los edictos que determina el artí culo 512 de la Ley de Enjuiciamiento criminal para que en el término de treinta dias que al efecto se les señalan comparezcan ante este Juzgado, sito en la callo del Progreso ; bajo apercibimiento de que si así no lo hacen serán declarados rebeldes, parándoles los perjuicios consiguientes. Dado en Aguadilla á 11 de Abril de 1890. Diego Espinosa de los Monteros. El Secretario, José L. Padilla. 473J Por el presento se cita, llama y emplaza á José .Rodríguez (a) Audinot, cuyas circunstancias personales se ignoran, para que en el término de cinco dias conta dos desde la publicación del presente en la Gaceta oficial comparezca ante este Juzgado á exeepciouarse de los cargos que le resultan por la declaración de Ramón de Hoyos en la causa seguida sobre hurto de un caballo. Dado en Aguadilla á 19 de Abril de 1890. Diego Espinosa de los Monteros. El Secretario, Aureo An tonio Sánchez. 4G3J Don Cecilio Ayllón y Villuendas, Marques de Yillalba, Jue2 de Instrucción de la Ciudad de Mayagüez y su partido. Por este mi primer edicto y término de nueve dias cito, llamo y emplazo á José Saturnino Felieiauo, natural de Añasco, de veinte y seis años de edad, no constando otra circunstancia, para que comparezca á este Juzgado á ser notificado de la sentencia recaída en la causa criminal que ge le sigue por hurto. Dado en Mayagüez á 20 de iJarzo de 1890 El Marqués de Villalba. El Escribano, Alfonso E. Bran deris. f455 Don Manuel León y Escobar, Juez de Instrucción de la Chalad de Ponce y su partido. Por esto mi único edicto cito, llamo y emplazo á. un tal Mauuel así como al individuo que en la noche del 27 de Febrero último hirió á Germán Nadal, para que dentro del término de nueve dias comparezca á este Juzgado calle Villa 16, á rendir declaración en la causa seguida por lesiones á Nadal. Dado en Ponce á 19 íle Abril de 1S90. Manuel León. El Escribano, L. Enrique de Acuña. 458 A los Jueces de instrucción de la Isla, y á las Au toridades y agentes do policía judicial del partido, hago saber: que pudiendo encontraerse eu sis respectivos territorios Carmelo Montijo, natural y vecino de Ad juntas, soltero, labrador, hijo legítimo de Ramón y da Vicenta, no contando su edad, declarado procesado en la causa criminal que contra él y otros se sigue sobre lesiones y desobediencia á un agente de la Autoridad ; he dispuesto librar la presente para la solicitud, captu ra y remisión de dicho procesado á la Oareel de esta Ciudad en clase de detenido y que se le cite por medio de la Gaceta oficial, y se lijen los edictos que deter mina el artículo 512 de la Ley de Enjuiciamiento crimi nal para qu3 en término de veinte dias se presente en este Juzgado ó en la Cárcel dicha; bajo apercibimiento de que si no lo verifica, será declarado rebelde y le parará el perjuicio á que haya lugar con arreglo á la expresada Ley. Y por esta requisitoria, pido y encargo á las Auto ridades y agentes referidos, el cumplimiento y devolu ción de la misma. Dado en Ponce á 15 de Abril de 1S90. Manuel León. El Secretario, Carlos F. Chardón.. Por este edicto cito, liamo y emplazo al dueño de uua yegua zaina oscura, coa las cuatro p it is bausas,, un lucero blanoen la frente, de seis cuartas ds alzad i, crin y cola abultadas y negras como de seis años de edad y con un cordón blanco en la nariz, quo apareció en el barrio de Quebradas de Guayanillas y estaucia de Don Marcelino Qairós y también á la persona en cuyo poder se encuentre una potranca zaina oscura, aizada cieciente, crin y cola regulares, de tres años de edad, para que en el término de nueve dias se presente en la Sala de audiencia de este Juzgado calle de la Villa número 1(5 á declarar en la causa número 222 seguida sobre hurto de una yegua á Don Marcelino QuilÓS. Dado en Ponce á 22 de Abril de 1890. Mauuel Lón. El Secretario, Leonardo A. Ponce de León. 4(i0 j Por este mi único eiicto cito, llamo y emplazo á Raimundo Torros, nara que deutro del término de nue ve dias que al efecto se le señalau se presente en estt Juzgado caMe Villa 10, para rendir declaración en la causa criminal seguida coutra Inocencio ÜJrtós Ramos por hurto. Dado en Ponce á 30 de Abril de 1890. Mauuel León. El Escribano, L. Enrique de Acuña. 462 Por este mi único edicto cito, llamo y emplazo á Alejandro Rodrigue,, para que deutro del término dt nueve dias que al efecto se le señalan se presente eu este Juzgado calle Villa 16 á rendir declaracióu en la causa crimina! srguida por juegos prohibidos. Da lo eu Ponce á 25 de Abril de 1890. Manuei León. El Escribano, L. Eurique de Acuña. 1461J Por este mi úoico edicto cito, llamo y emplazo á Sinforoso Borrero, para que dentro del término de diez diaz que ai efecto se le conceden se presente en este Juzgado calie Villa 16 para actos de justicia en la cau sa criminal que se sigue por lesioaes al mism . Ponce, Mayo 8 de 1890. Manusi León. El Es cribano, L. Enrique de Acuña. 4üíJ Por este mi único edicto cito, llamo y emplazo á Ramón Fernandez, para que dentro del término de nueve dias comparezca á este Juzgado calie Villa 16, á rendir declaración en la causa criminal seguida contra luocencio Cortés Reñios por hurto. Ponce Mayo 8 de 1890. Manuel León. El Es cribano, L. Enrique de Acuña. f464J Don Manuel Becerra y Gárate, Juez de 1? Instancia accidental de esta Ciudad por ausencia del propietario. Por este mi úuico edicto cito, llamo y emplazo á Concepción Nieves, para que dentro del término de nueve dias que al efecto se lo señalan se presento en este Juzgado calle Villa 16 para reudir declaracióu en la causa criminal seguida coutra Avelino Mercado y Olas por lesiones. Ponce y Mayo 14 de 1890. Manuel Becerra. 465 Por este edicto cito, llamo y emplazo á Juana Ro dríguez, cuyas circunstancias personales no constan para que en el térmiuo de nutve dias que al efecto se le señalan se presente en este Juzgado calle de la Villa número 16 á prestar declaracióu en la causa criminal seguida contra Ramón Mercado sobre robo á Don Mar cos Pronet. Número 62 Dado en Pouce á 12 de Mayo de 1890. Ma nuel Becerra. El Secretario," Leonardo A. Poüce do León. 466 Don Josh Merino Lopes, Juez de Instrucción de Uumacao y su imrtido judicial. Por el presente primer pregón y edicto cito, Hamo y emplazo al ausente José Lsais Monge y Oían, vecino que fué de Gurabo, previniéndole que dentro del tér mino de nueve dias siguientes al de su publicación en la Gáoeta onciAti comparezca en el oficio del Escri baño que refrenda con el fin de ser notificado de una providencia ; apercibido de lo que haya lugar si no lo verifica. Dado en Ilumacao á 7 de Mayo de 1890. José Merino. El Escribano, José Boueta. 467J Dr. Don Francisco Lanusa y Mor rondo, Juez de Ins trucción de Cayey y su Distrito. A los Jueces de instrucción de la Isla, Autoridades y policía judicial del partido higo saber: que habien do sido captúra lo el procesa lo por lesiones Ramón Pérez Aquino, natural de Oíguas, vecino de este pue blo, de treinta y tres años, soltero ó hijo de Severo y Eulalia, he dispuesto por providencia de esta fecha queden sin efecto las requisitorias7, circulares y edictos librados en veinte y uno de Febrero último, Y para conocimiento general y para su inserción en la Gaoeta oficial expido el presente en Cayey á 19 de Abril de 1890. Francisco Lanuza. El Secretario, Nicolás S. Arana. lSl A los Sres. Jueces de instrucción de la Isla, Auto ridades y policía julicial del partido hago saber : quo habiendo sido capturado, Luis Figuoroa Vega, natural de la Cidra, vecino de Guayamn, de cuarenta y ocho años de edad, saltero, jornalero, hij i de Uiginio y Ma nuela de sus apellidos, procesado en este Juzgado por el doíito de hurto por providencia de doce del comenta he dispuesto queden sin efecto los elictos y requisito rias libradas eu 27 de Abril del año último para su captura. Y para su publicacióu en la Gaceta oficial se expide el presente eu Cayey á 16 de Abril de 1890. Francisco Lanuza. El Secretario, Nicolás S. Arana. 480 1 A los Jueces de instrucción de la Isla, Autoridades y agentes de la policía judicial de esta Isla hace saber : que pudiendo encontrarse en este territorio e! procesa Jo Feliciano Morales (a) Oucubano verde, natural do Ylorovis y vecino de Ponce, soltero, jornalero, de veinte y ocho años de e la 1, de coioc mulato, estatura baja, y algo delgado picarasado de viruelas, paio atasad, oj s verdesos, nariz ehit j, boca regul ir, b ubi - lampiño, viste an lraj js luiente ; se ha dispae5to eu la causa cri minal que se )e sigua por hurto y otro dtditos se pro ce la á la busca, ca Hura, pnsióu y rem sió i á esta O ir cel de dicho proces i lo ; así como qu 3 se le cite por me lio de la Gaceta oficial y se Üjeu los edictos que deterraiua e! artículo 512 do ley de E ijuiciam ento cri minal á fiu de que se p senté en este Juzgido ó en la Cárcel de esta cabece a apercibido que do no verificarlo se le declarará rebelde y le pirará el pe juicio á que hubiere lugar en derecho. Y por esta requisitoria pulo y encargo á ios Sres Jueces y cualquiera otra Autoridad que ouozaa el pa radero de dicho procesado veritíqu 3u su remisión eu el concepto indicado. Dado en Cayey á 14 de Abril de 1890. Francisco Lanuza. El Secretario, Nicolás S. Araua. I409J Ledo. Don Juan Hernández López, Juez municipal de la Capital. Por el presente se hace saber : que en las diligen cias de cumplimiento de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal seguidos por el Procurador Dou Segundo Sotty, apoderado de Don Silvestre Iglesias contra Don Francisco Furnaguera eu cobro de pesos, se ha dispuesto sacar á pública subasta por término de ocho dias, uua máquina guillotina de cortar papel, , casada en doscientos pesos moneda corriente, señalán dose para ei remate el dia treinta y uno del corriente mes á las tres de la tarde, el cual tendrá lugar en la Sala audiencia ue este Juzgudo, calle de la Fortaleza uúmero 41. Se hace constar que no se admitirán posturas quo no cubran las dos terceras partes de la tasación y quo p ira tomar parte en el remate, deberá depositarse previamente un diez por ciento por lo menos del valor de la máquina embargada. Y se hace público para la concurrencia de licita dores. Da lo eu Puerto Rico á 21 de Mayo de 1890. Juan Hernández, López. Ei Societario, Rawóu Aybar. 3 2 Juzgado municipal de Santa Isabel. Don Mauuel María Monserrate y Rivera, Juez municipal ue Santa Isabel, bago saber : quo en poder del vecino Eloy Ortiz, se halla depositada una yegua zuna colorada, "un lucero r:dou lo en la liento, las dos patas traseras blancas, como do seis años do edad, do seis cuartas de alzada, crin y cola regular, pase trote, picada de arestín, herrada, en las dos manos, y la púa-