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La democracia. (Ponce, P.R.) 1890-1948, February 20, 1902, Image 5

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LA DEMOCRACIA
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Casas en Mayagites y San Juan.)
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RaucticroN y eomiiioalstaa
AQKKTEB
di las siguientes compañías da vaporea
Eluruliur A traer lean Eilno
Hamburg.
I-A VELOCES
Génova.
ricw lork atid 11 io. Slico 3. C. Üo
New York.
Monson Stsamshlp Lias,
Ncir York.
Serra Stcamihip Lino
Iiverpool.
Vaporea correos do sobrinos tís Herrera
Habana.
Srí reato ii y Ureí 5 aa Hiera s, 0. Co.
Galveston.
Ds las siguiente Oompi&Sfai do Ale
gare contra incandío.
LA BALOISE,
HAMBURG BUSMENSE,
AACHEK s MUNICH.
AS KOS MARITIMOS
Norte Germánica.
lo rea tantea
del Bsard of tlnderwritori of New York.
JOSE R. BECERRA
ABOGADO Y NOTARIO PUBLICO
C, Martines Rivas
ISSOEIBANO AGENTE D12 NEGOCIOS
0Ui de Is bel lío- 11, bajos
Dirucciíín t&Utqrdfloa: B. G ARAIS!
S ' Teléfono Núm. 90
CoíUtJLtAí: ds 2. á 5. de la tardo.
Poncb, Pro. -Rico.
ZUPATERfA Y TALABARTERIA
SI qae suscriba ofrece sai servicios da
acabos ramos, calis da -Ruis Belvis al lado
áol etableeImÍi)6o La Bnrinquon da los íe
finrts T&rg&i A Ca, adenaás un gran surtido
éo mp&tos 7 efacto da monturas y eoehei.
Caga&s, 28 da Noria cabré da 1901.
Criiitobal Oolóo.
Angel Acosta Quintero
Abogado j "Noínvlo
Pones, Puerto Bicr
2333
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La. DsoCsacu. íis eacceutTa do ven
ta es les satableraiflntoi sigtüeaUs ;
S río re Allsm Company, Plaza Al
ísaí XII.
Farmacia R. H. Patrón, Slam Jfcíto iS.
Id. Serbf, Puerta-tierra
H. B. 48
. Proyecto da lay para llevar á cabo lai obran
necesarias para protejar la ciudad ds Pon
es de lai Inundaciones dal río cPortaguéi.r
For los skSobes Colom.Domeííech y Bksosa.
Decrétele par la Asamblea Legislativa de
Puerlo Rico :
Sseeión 1. Proyecto. Sa dispone por la
presenta que el Comisionado del interior, haga
hacer antes del 30 de Junio de 1902, los estu
dios, planos, proyectos y presupuestos de l&s
obras que íaere necesario llevar á cabo para
Impedir que el río tPortugcó en gas deibor
damlentos innnde la ciudad de Ponaa, y para
sufragar los gastos que ocasionaren los citados
estadios, planos, proyectos y presupuestos, sa
consigna por la preiente la sama de mil dollars
(91.000) de cualesquiera ds los fondos da la
Tesorería Insular que no estén consignados
para otros fineij bhm entendido que el costo
da estos trabajos no cxcder en ninga caso
del dos y mtálo por ciento del presupuesto to
4 al de las obraa proyectadas.
v Sscelón 3 Contratación. Tan pronto sa
hayan terminado lo citadles y proyectes de
las obras, el Comisionado del Interior proce
derá á hacer qna se ejecuten, á cuyo efecto ha
rá nn contrato, previa pública licitación, des
pués de anunc'Mo el remata duraste treinta
días por lo meca en dos psiíóllcos da circula
ción genera', con la persona que resaltara ser
al mejor postor, siempre que la oferta no exce
da del importe total del presupuesto, dispo
niéndose, además, que al contratista continua
rá obligado, durante un plaxo de garantía que
no aajará de un año, después de terminadas las
obras.
Sscelón i. Pliego de condiciones. El Co
misionado dal Interior formulará un pliego de
condiciones, al cual ae sujetará el contratista,
y en el que sa estipulará todo aquello que á '
juicio dal citado Comisionado, fuere necesario
para garantizar al pueblo de Puerta Rico de
la buena ejeeucióa dB l&s obras.
Sección 4. Asignación. Para llevar á ea
bo las disposiciones da asta lev, se consígnala
suma de veinte mil dollars (3 JO. 000) duraste
el fio fiscal qna comlenna el I9 de Julio da
1903 y termiaará al 30 de Junio de 1903 de cua
lesquiera fondos en iii Tesoreiria Insular, que
no estén aoncig&ados para otros fines.
Sección 6. Facha para tener t feeto. Es
ta Lej señará efecta tan proato haya pasado
por todos los trámlttii legales hasta ser apro
bada.
H. B. 51
Proyecto de Ley para corregir la explotación
de niños añores de edad y para otros fi
nes. 1
Por ELTSEffoa Coll r Tosté
Decrétese por la Asamblea Legislativa de
Puerto Rico :
Sección 1. Queda prohibido, que los ni
ños y niQas, menores de 16 aflor, se dediquen,
ó sean dedicados, á la mendicidad pública.
Los agestes de la autoridad denunciarán á los
infractoras ante los Jueces da Poiicía, y éstos
obligarás a loi padres ó tutores y encargados
á resegar los clfios, mediante apercibimiento
la primera vez; y si hubiese reincidencia se
impondrá a los padres 6 tutores 6 encargados
dal menor, nna multa tv5 a 23 dollars. Si al
nifio co tuvleia familia icrá recluido en nn
Asilo de Caridad.
Sección 3. Queda prohibido explotar á los
niñas y niñas menores de Id años, en ejeroieios
acrobáticos en qoa peligre sa vida. Los con
traventores saráo penados con malta da 31 á
100 dollars..
Sección I. Queda prohibido vendar bebi
das alcohólicas an tiendas, restaurants, cafés
ó cualquier puesto público á les niños y niñas
menores de lo años. Los Infractores tendrán
una multa de 25 á 100 dollars, y an la reinci
dencia la malta y cierre definitivo del estable
almieto.
Sección 4. Queda prohibido veüder ciga
rros, cigarrillos, ó cualquiar preparación da
tabaco, 1 los niños y nüSas menores de 16 afiis.
Los contraventores tendrán una inulta de 25 a
100 dollari y en la reincidencia la multa y
cierre definitivo del establecimiento.
Sección 5. Queda prohibido hacer traba
lar á los niños y niñas, menores de 14 años,
an fábricas agrícolas v establecimientos manu
factureros, uaa de 3 horas diarias i tres por
IES) C5C
la mañana y tres por la tarde. Los infracto
res serán pesados can multa de 5 a 35 dollars.
Sección 8. Ningún patrón, maestro, ó en
cargado del trabajo, vigilancia ó educación de
un menor de 10 años podrá obligarle a traba
Jar ó instruirle medíante castigos corporales.
JLos contraventores serán penados eon multa
de 8 a 35 dollars, si las lesiones ocasionadas al
menor no constitoyoran delito con pana deter
minada por la Ley.
Sección 7. Bata ley ecapesará a regir tan
pronto sea aprobada por ambas Cámaras.
H. B- 71.
Proyecto do Ley para prohibir ciertor juegos.
POB EL B. BBSCSA.
Decrétete por la Asamblea Legislativa de
Puerto Rico:
Sección 1. Toda persona que se encuen
tra Jogando por dinero ó otro valor cualquiera
el Juego de nalpea vulgarmente conocido por
Monte: ó cualquier otro juego de azar en don
de se gane 6 pierda dinero ó otra propiedad ó
se encuentre usanuo suamoi icssrumemo o
Moa ti ó caaTqaisr etro juego de asar en dea
da sa gan ó pierda dimuro 6 otra propiedad 6
dende se esa cualquier Instrumento ó míqaica
donde se irane 6 plirda dinero.
Bsetlén 9. Las Capitanes de la Policía
Insular en las demarcacioaes ó distritos bajo su
mando y los Jtfei. da li Policía Municipal an
las clidadss qaa tungan dicha Pelisía deberán
ejercer la necesaria vigilancia para el astricto
aampllmlanto de esta Lsy.
Sseeida 10. Toda Ley, orden general ó
partes de ellas que se opongan a la presenta
serán y quedan por la presenta derogados.
Ssoctdn 11. Esta Liy estará na fnersa y
vigor aespnes de bieer puado por los trami
tes necesarios y ser aprobada.
ifuldo amigo y correligionario don Joté G. To
ares.
HERIDA CASUAL
Estando en su casa Santurco Mr. H.
Habbard jugando con un hijo suyo, de eortos
ños, tuvo la desgracia de qae se 'e eayeie na
revólver, produciéndose un disparo. Qobbard
recibió como consecuencia una herida de con
sideración en el braso iiqclerdo.
Mr. Habblad es empleado de la Corte de
de Circuito.
E222S52
Sepelio del señor Gatell
En la tarde del Innei sa verificó an Yan
eo el sepelio del cadáver de nuestro distingel
do amigo y correligionario don Jozé María
Qitell.
Al acto asistió una numerosa concurren
cia an las que se velan representadas todas
las clases sociales. ,
Las eciremosias religiosas terminaron á
las siete de la noche.
Concluidas que fueron, al tren fúnebre
continuó sa marcha seguido del numeroso
ncompiñimieato.
El duelo fué dasnedidfii eon aloenentes ira-
m a , sr -
máquina donde se gne o pieraa amero, será oes de sentimiento por nc nitro también distin
Castigado, la piritu , uuu uua mm qua
no ezeederá de cinenenta dollars, ni bajará de
dles dollars, y si reincidiese será castigada eon
una multa que no excederá de doscientos dol
lars. ni bajará de cincuenta dollars ó con pri
sión por un término que no sea mayor de tres
meses, ni menor de un mes 6 con aplicación da
ambas penan eegún disponga el Tribunal.
Sección 3. Toda persona que tuviese una
casa de juego en donde se permita jagar los
juegos 6 usar laa máquinas ó instrumentos á
ana sa refiere la secatón anterior, será castiga
da, la primera ves, con una multa que no tx
eederá de triiselentos dollars, ni bajará de cien
dollars v si reincidiese será castigada con una
M. A M US .
multa que no cxceaeia ai mu aouars, ni naja
rá de doscientos douirs o non prisión ae seis
meses ó con ambas Atenas negún disponga el
Tribunal. . L
Sscelón 3. Toda persona que obligase ó
lndnjese a etra persona menor de edad a en
trar en alguna casa de juego ó a ejercer cual
quier acto que viole lo prescrito an la sección
nrlmera da esta Ley. será castigada con dos
cientos lollar da multa y con seis meses ds
prisión.
Seeolón 4 Las inultas que se impongan
en virtud de lo prescrito en esta Lay irgrata
rán en el Tesoro da la Municipalidad donde se
hubiese cometido el dollto. v "q
Sección fi. Todo pagaré, bono, traspaso de
propiedad ó da otro lalor cualquiera 6 cual
quier otni oíase de doaomento dado a una per
sona ó personas por oirá ú otras en pago de di
nero perdido en los juegos a que hace referen
cia la sección prlmerj. de esta Ley, son nulos
y la persona ó personas que hayan otorgado
tales documentos ó hajan hecho tales traspa
sos ó los padres, espasa 6 esposo, herederos,
tutores, irepresentantBS legales ó acreedoras
de la persona, que haya otargado tales docu
mentos ó hecho tales traspasos podrán pedir,
ante el Tribunal competente, la nulidad da los
mismos y probado que sea el origen de dichas
documentes 6 traspasos, el Tribunal decretará
su nulidad.
Sección 6. Cuando cualquier persana hu
biese perd ido a'g una propiedad ó dinero en los
juegos 6 en las máquinas ó lntrumentos á que
hace referencia la sección primara da esta
Ley, dicha persona ó su esposa ó espoeo, he
rederos tutores' representantes lrgales, y
acreedores podrán recobrar la. propiedad 6 di
nero perdi do, para lo cual tendrán el derecho
da ejoroer acción civil contra la persona ó per
tonas qae hayan ganado dicha propiedad ó di
nero ó ecr.tra la persor.a que tuviese ó hubiese
tenido la c:asa de jnego donde ocurrid el nee&o
Procesado
El poilcíi Insular José Santiago que asta
h destacado últimamente enCimeríe, ha sido
preso y se encuentra en la cárcel pendiente
mm jaldo ante el comiiionado da los Estados
üüios Andurasn.
Santiago era anteriomnanta toldado y al
cumplir, Ingresó en la prlieía insular. 6s la
acinsa da haber robado unos trajes da la pro
piedad del gobierno hace algunos meses.
Lo qae dice el "iews" .
El señor Todd votó contra si til sobre el
muelle de la compañía, de vapores, por ser él
uno de los socios de la sociedad de abogados
a qaienes se paga para qne lo combatan. Al
ganos legisladores no son tha francos como él.
Bl jaex Kamos pueda qae se vea recto en
ni espejo torcí 1o, pero conste que este tiene
que ser bien torcido y lal vihe sea esta la ratón
porque aparecía recto en las columnas da nn
porlóllco loca', cuyo director postula en el
trlbanal da esc juez.
Los antiguos lectores Eol Nt?s recor
darán qoa ests periódico bliso ir a un america
no de la Isla, porque propuso matrimonio a
contra In parso&a quu, á sabiendas, haya al- una Joven pnertorriquoñ teniendo su espesa
uilade. prestado, cedido ó facilitado da algún e l Estada Unidas. Paos bien, uto no es
ó
. . i i i t
modo la casa aonae ocurrió ai aeoau,
Saeelén 7. Cuando cualquier persona ó
personas ttsase del derntho que sa ecaceda en
ias succiones quinta y sexta da esta Ley no
podrán satf castigadas por ningún Tribunal por
haber violado lo prtEsrito en ia iceclóa pri
mera da ei.ta Ley
Seesión í. Para los cfo1ai da esta Ley
fie entenderá por Casal de juego todos aque
llos legares pibllcoa 6 privados en donde se
íufffua por dinero ú otro valor cualquiera el
uego da naijpes vugarnienia conociuo yut
tan malo como lo qu 1c suesda al jaes ÍUmoi.
qtn eornareia con otra muje distinta de su es
peja Itgal.
todo din ládano konradü apoya al Ke Wg
en su camp&ña contra la podredumbre jadlcial
y mu demanda para que se Ilssga ana renova
ción general an el sistema Judicial. Bn este
niiDViraiBBta no hay iio-ítica al nada que pueda
teiaer sabor a olla. líosotroüi deseamos que la
hcitradei, la justicia y al daieeho prevalazean,
sin consideración a partido aiguno pelítico.
LINEA FBBEBADBL.OBSTB
Itinerario de Trenes y Váperes que regirá
desds el día 4 da Septiembre da 1531.
Salidas da !e Capilla! y Hayamón
slraiühineiimente.
12.11 Tud.
1.45
3.15
i.Zl
5.35
6.11
7.11
8.30
9.45
11.00
H.
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M
1t
1f
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: Aáemái saldr lodos los alas coi vacor
las I. to de la mañiza da Cataüv para la Capi
tal ir otro á las c.lf lc la tarda desda la Capi
tal para Cataño, no teniacido, por ahora, estes
dos vapores combinsclón de trenes.
Bayamón á 37 d Ag ento de 1981.
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Calle do G antier Bsnitez
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EN SAN JUAN PUERTO RICO
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Tien8 laa máa g;rsndcs y Isa mejores
ábrioaB del inundo para fabrioacióa de
Máquinas do coser.
Ubíoo dspdsito en San Jaaa de Pne?
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O. Melón y C9
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UAGí. Clíílt o?
Ú. Melwx y p
12 íüan Justo Bfc.
PAULA BALTUS KL MEDICO Díá LAS LOCAS
BIBLIOTECA DE ,LA DEMOCKACIAa
109
Qaé había sucedido eu la cár
cel? Cómo notaron la vaslón de loa
presos?
Por qué extraña intuición fue
ron en, Vi"!,081 de Fabricio á la villa
de IHltuái'
Vamos á dar $ nuestros lectores
la explicación d enlama.
Recordarán que Jai Carcomo se
había t rrojado al gua detrás do
Fabricio. 0
También recordarán nuestros
kictirea que ihs cotupafieros, des
pués de haberle oído removerse en
el agua y aguardar u salida, ma
charon, porque el t iempo les apre
miaba. Al creerle ahogado se engifiaren
Daspuó de luchar desesperaba
fuente por desasirse de uno girfícs
que le habían cogido, por la blusa
que llevaba puesta, y creyendo que
su campanero acudiría en su auxi
lio. La Carcoma llamó desesperada
mente á Pico de lámpara: este lla
mamiento, f Uto de sentido corada,
perdió irreraiciblemeote ai fugitiva
IU ajui: por que jr cómo
El centinela de guardia en las
cercanías del pozo, ai oir las voces,
ee aproximó á tiempo de ver al
preso ya sobre el brocal, pues había
lograda desprenderse de los garfios
que le ujetiban.
QuÍU:Ta?. dijo el centinela.
Y no oyendo respuesta, exclamó:
Responded, ó hago fuego.
La Carcoma, más muerto que
vivo, no contestó.
El soldado soltó el tiro; la bala
hito blanco eu un hombro del
preso.
Al oir la detonación, el personal
de la cárcel acudió ai sitio de la
ocurrencia, y el preso fué llevado
á la enfermería.
Cinco minutos después, una re
quisa permitió observar la desapa
rición de Fabricio y su compañero
JBico de lámpara.
Al momento la Policía empren
dió la persecución de les fugitivos.
A Pico de lámpara le detuvieron
cuando Iba il tomar un billete para
Bruselas. Este dió á la Policía las
lefias de la casa eo que vivía Lo
remo, y el terror hizo que Í9TtQ
eu la alcoba, donde una lamparilla,
encarrada en un globo de porcela
na, repartía indecisa claridad.
Enfrento de la puerta esta.ba el
lecho, y entre las sábanas distin
guíase la i cabeza da una mujer
dormida y vuelta hiela el muro.
El asesino se acercó, arrastrán
dose como: un reptil, y al llegar al
lecho se Incorporó blandiendo un
cuchillo.
En aquíil iLwnte la que dormía
hizo un movimiento; Fabricio pudo
distinguir us ficciones y retroce
dió balbuceando:
No ea Paula! Es Jaanal
En aquel momento, la loca, con
acento lúgubre repetía: .
I El cadalso. .. el cadalso!. .. '
El espan.to quitó por un momen
to á Fabricio toda su energía; perol
esta postración física y moral tuvo
la duración de un segundo; pensó!
en que lo gritos de Ju?na iban á
perderle sin remedio y levantó el
cuchillo.....
Sólo un milagro la paila salvar, i
El milagro se cumplió.
Da aullido ronco resonó en el
silencio de la noche, y una forma
indefinible y casi fantástica surgió
como ios grifos alados de que ha
blan la3 leyendas de la edad msdia.
Fabricio 8lutiÓ33 sujeto por el cue
llo entre dos garras que le desha
cían, y un instante después Paula,
coa una luí en la mano, apareció
el el umbral da la puerta.
Fox el gri,u lebrel, compañero y
aailgj de Federico Btltis, sa había
lanzado solira el asesino de su se
ñir, y le deshacía con sus uflias y
sus dientes,
La huérfana, al ver al mieerableí
empezó á pedir socorro, y Fabricio
que se sentía mirir, cla vó el armá
que tenía en la m ino eu el vientftí
del noble animal, que sol 1 5 su pre
sa y cayó dando ua geoildo sordo,
retorciéndose sobre ia ülfumbra.
Ciego por el dolor y la rabía
Fabricio quería mata"? antea dé
morir, y se precipitó hacia Paula,
que, helada deespanto, ni siquierá
había pensado ea busesr su salva
ción en la fuga.
Pero eu aquel momento el asesi
no tropezó ea ua obstáculo: un
hombre se intsrpuso entre él y su
víctima, le derribó es. tierra, Is
arrancó el cuchillo y, apoyando
una rodilla en su pecho, dijo;
jCiñinazo de Brest 1 Creo quo
he llegado á tiempo.
Ciaudio I balbuceó la huér
fana -jE él I .jEt miserable I
Sí, el miserable, qus se ha es
capad j de 1?, árcal para que yo le
mate csríi propio cucliillo. No
es vcfdai, señ irlta?
fea aquel mamento, co recuerdo
acudió á la mente de Paula, que,
ya dueña de sí, exilamá:
No!.. ..No le matéis L...
No quiero que muera 1
iSañorital
Ei preciso: ahora sabréis pof
qué. :
Claudio, contra su voluntad, sol
tó al miserable, aunque a ra en asán
dole da cerca cor: su cuch'l'o.
Fabricio trató de incorporarse,
enjugando con su propio pañuelo
la sangre que corría en las heridai
de su cuello. 1
Ah! --balbuceó, Sola les más
fuertes) ha periido la pnrtida,

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